20 ene 2008

Antecedentes en Bs As de recursos de amparo

PATRIMONIO HISTÓRICO- Un recurso de amparo salva los principales elementos patrimoniales de un edificio histórico

La suspensión de la demolición del edificio de Av. Callao 924 dispuesta en forma urgente hace una semana por la Jueza Elena Liberatori, titular del Juzgado Nº 4 de la Ciudad de Buenos Aires, a pedido los Diputados Teresa de Anchorena y Facundo Di Filippo y un grupo de vecinos de Recoleta, encabezados por Santiago Pusso y Laura Navarro, abrió la posibilidad de una instancia de diálogo que posibilitó un acuerdo para preservar parte del histórico edificio.



Los propietarios del inmueble presentaron una nota a la Diputada Anchorena donde expresan que “en el convencimiento de que dicho inmueble presenta características patrimoniales destacadas que merecen ser conservadas, planteamos la posibilidad de conservar elementos originales. Es nuestra intención, permitir que los principales componentes arquitectónicos que integran al patrimonio del inmueble puedan ser apreciados en espacios de acceso público y podrán ser utilizados por instituciones vecinales, culturales y ligadas al patrimonio arquitectónico”.



Durante una audiencia de conciliación, que se celebró esta tarde en los Tribunales porteños, se acordaron los detalles del proyecto, que consistirá en la preservación de los principales elementos históricos y patrimoniales más importantes: boisserie, pisos de roble de Eslavonia, vitraux, claraboyas y aberturas, los que serán desmontados y emplazados en salones de uso público construidos en la planta baja, con las mismas dimensiones y volúmenes que los que van ser demolidos.



La Diputada Anchorena expresó que “si bien no es la solución de preservación más adecuada, se llegó a esta situación luego de una medida judicial extrema, frente a una autorización de demolición total otorgada por el Poder Ejecutivo de la Ciudad, y mediante este acuerdo se ha demostrado que es posible compatibilizar el derecho de propiedad del titular del inmueble con el derecho colectivo a la preservación del patrimonio cultural, ambos garantizados en la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires”.



Vecinos y legisladores expresaron su consternación porque el Ministerio de Cultura debió haber intervenido antes de que el Poder Ejecutivo autorizara a demoler, teniendo en cuenta que el inmueble está registrado en el sitio web de la Subsecretaria de Patrimonio Cultural de la Ciudad, como “Edificio Representativo del Patrimonio Tangible”, y por tal motivo debió ser incluido oportunamente en el Registro de Bienes Integrantes del Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires, según lo dispuesto por la Ley 1227, aprobada hace tres años y reglamentada hace un año y medio.



De esta forma, no se hubiera otorgado la autorización de demolición total del edificio, sin la intervención previa del Ministerio de Cultura, en virtud de lo dispuesto por esa norma que establece que los bienes de dominio público o privado registrados en el Gobierno de la Ciudad como patrimoniales “no podrán ser enajenados, transferidos, modificados o destruidos en todo o en parte sin la previa intervención de la Secretaría de Cultura (hoy Ministerio)”.



En esta oportunidad, la intervención inmediata de los vecinos de Recoleta, legisladores y la justicia, permitirá conservar los elementos interiores valiosos de Callao 924, y sobre todo exigirá al Ministerio de Cultura definir la situación de protección de otros 2706 inmuebles que también se encuentran inventariados como “Edificios Representativos” del Patrimonio Tangible de la Ciudad de Buenos Aires.
posted by Teresa de Anchorena at 10:43 AM

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